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TECNICATURA EN MARTILLERO PÚBLICO Y CORREDOR INMOBILIARIO

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  • Tipo de Carrera:Terciaria
  • Modalidad:Presencial
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La Ley Nacional 25.028, modificatoria del decreto Ley 20.266, determina el régimen legal de martilleros y corredores y establece como condición para el ejercicio de martillero, en el Capítulo I artículo 1º, inciso b) la obligatoriedad de poseer título universitario expedido o revalidado en la República, con arreglo a las reglamentaciones vigentes y las que al efecto se dicten y para el ejercicio de corredor inmobiliario en Cap. XII, inciso b), la obligatoriedad de poseer título universitario expedido o revalidado en la República, con arreglo a las reglamentaciones vigentes y que al efecto se dicten.
En ambos casos se exige la matriculación jurisdiccional para el ejercicio de la actividad profesional y la matrícula sólo podrá ser otorgada a quienes cumplan con la acreditación del título habilitante.
Propiciando el acompañamiento de la educación formal al escenario cambiante de la sociedad, de las demandas sociales y del trabajo, la citada ley no sólo establece los derechos y las obligaciones para quienes intervienen en las operaciones de remate y compra-venta de bienes muebles e inmuebles y/o cualquier otra transacción comercial, sino que limita el ejercicio de la actividad restringiéndola sólo a quienes se hayan profesionalizado adecuadamente.

OBJETIVOS
Formar capital humano capaz de actuar en forma proactiva en su ámbito de influencia sobre la base del compromiso con los valores ciudadanos de honestidad, justicia y ecuanimidad.
Brindar sólidos conocimientos teóricos y prácticos en temas jurídicos, económicos, financieros, organizacionales y culturales, fundamentales para que el Técnico Martillero Público y Corredor Inmobiliario pueda desempeñarse con idoneidad en su actividad.
Favorecer el desarrollo de competencias para:
- recabar, organizar, sistematizar y controlar la información de la organización;
- planificar, organizar y gestionar los recursos económicos y humanos de la organización;
- integrar y liderar equipos interdisciplinarios de trabajo;
- planificar, organizar, gestionar y desarrollar emprendimientos.
Promover la actitud reflexiva y crítica para interpretar la complejidad y las transformaciones del contexto en el que el Técnico/a en Martillero Público y Corredor Inmobiliario, desempeña su actividad.
Impulsar la actitud creativa e innovadora del Técnico/a en Martillero Público y Corredor Inmobiliario para actuar en el marco de la responsabilidad social empresaria como promotor del desarrollo de la comunidad atendiendo a la protección del ambiente natural y del patrimonio.

DESTINATARIOS:
La Tecnicatura está dirigida a:
Egresados de colegios secundarios del país o del exterior, debidamente acreditados.
En el caso de no poseer título de nivel secundario y poseer experiencia laboral reconocida con la necesidad de profesionalizarse en su función, se podrá ingresar en forma excepcional mediante un sistema de evaluación y entrevista especial para mayores de 25 años que no poseen título secundario, según artículo 7 de la Ley de Educación Superior.
Los egresados de estudios superiores universitarios dispondrán de un esquema de equivalencias a determinar para cada caso por las autoridades de la Universidad.

1. Acreditar estudios secundarios completos.
2. Aprobar el Curso Introductorio a la Universidad.
Documentación a presentar:

Fotocopia de título Secundario, otorgado por instituciones reconocidas de gestión oficial y/o privada o Constancia de Titulo en Trámite extendida a nombre de la Universidad Nacional de Tres de Febrero (validez de 60 días, desde la fecha de emisión). Los originales del Título o del Certificado Analítico deberán tener la legalización del Ministerio de Educación de la provincia donde fue expedido. En el caso de los ingresantes que residen en la Ciudad de Buenos Aires o en el Gran Buenos Aires, las firmas del Ministerio de Educación además deben estar certificadas por el Ministerio del Interior (25 de Mayo 179, PB, Ciudad de Buenos Aires. Informes: 0800-999-0209).
Nota: Podrán inscribirse los mayores de 25 años que no posean título secundario pero que acrediten experiencia laboral reconocida y comprobada, previa evaluación y entrevista especial, según artículo 7º de la Ley de Educación 24.521/95 (para más información ingresar a la sección Alumnos “Ingreso mayores de 25 años”)

Los exceptuados del Curso Introductorio: egresados de Universidad o Instituto Terciario argentino -con título de carrera de cuatro o más años de duración- o bien egresados de Universidad extranjera que obtuvieron la reválida del título, deberán presentar las fotocopias de su título únicamente hasta dos semanas previas al inicio de cursada sin excepción (ver Calendario Académico).

CURSO INTRODUCTORIO:

Para ingresar a la carrera se deben cursar y aprobar las siguientes asignaturas del Curso Introductorio:



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CARGA HORARIA:
1.920 horas

Metodología de Estudio
Comprensión y Producción de Textos Académicos
Importante: Podrán realizar el Curso Introductorio los alumnos que estén cursando el último año del Secundario. Una vez aprobado el curso, para ingresar a la carrera, deberán aprobar todas las materias del Secundario antes del inicio del Ciclo Lectivo.

Quedan exceptuados del Curso Introductorio quienes acrediten ser:

Egresados de Universidad o Instituto Terciario argentino con título de carrera de cuatro o más años de duración.
Egresados de Universidad extranjera y haber obtenido la reválida del título.

De acuerdo con la Resolución Nº 4163/15, también quedan exceptuados del Curso Introductorio:

Aspirantes que hayan aprobado un Curso Introductorio o de nivelación en una Universidad Pública o Privada.
Egresados de Institutos Terciarios y Profesores de Enseñanza Primaria.
Aspirantes que hayan cursado y aprobado el 20% (veinte por ciento) de una carrera universitaria.

2 años y medio (5 cuatrimestres)

El Técnico Martillero Público y corredor inmobiliario, podrá como profesional:

Implementar mecanismos adecuados para la valuación de bienes muebles e inmuebles vinculando las características propias de éstos con la oferta y demanda en el mercado.
Fijar a través de la metodología adecuada y con actitud crítica, el precio de bienes muebles e inmuebles con vistas a la realización de transacciones comerciales en las que actuará o no como intermediario.
Recabar informes de los organismos correspondientes y efectuar las gestiones administrativas pertinentes dentro de las entidades gubernamentales que actúan en el sector.
Elaborar y redactar contratos, escritos, informes y dictámenes periciales vinculados al desempeño de la profesión.
Registrar la información de todas las operaciones concluidas con su intervención, siguiendo las normativas de la ley y los requisitos de la colegiatura de la jurisdicción en la que actúa.
Realizar ventas en remates públicos o privados de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, en general, excepto las limitadas o prohibidas por la ley.
Actuar como auxiliar de justicia empleando técnicas y procedimientos adecuados para garantizar el normal desarrollo de la ejecución de sentencias de remates.
Intermediar, poniendo en relación a dos o más partes a las que les brindará toda la información correspondiente y fundamental para la concreción del negocio de compra-venta y cesiones de bienes muebles e inmuebles Asesorar a las partes respecto del marco legal que regula las transacciones comerciales, brindar información y garantizar su cumplimiento, antes, durante y después de su consumación.
Asesorar a la oferta y a la demanda para la concreción de operaciones inmobiliarias empleando estrategias de negociación acordes al contexto de las transacciones y el análisis del mercado.
Asesorar a los interesados acerca de las gestiones crediticias, garantías o inversión de bienes.

MARCO LEGAL
Resol. Ministerial 1189/2014

AUTORIDADES/DOCENTES
Coordinador: Dr. Juan Nicolás Godoy



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